Art. 485 Código del Trabajo · Derechos fundamentales en el trabajo

Acoso, discriminación
o abuso en el trabajo:
tienes protección legal.

Definición legal — Art. 485 Código del Trabajo

La tutela laboral es el procedimiento especial que protege los derechos fundamentales de los trabajadores cuando son vulnerados por el empleador. Si acreditas la vulneración, el juez puede ordenar el cese de la conducta y una indemnización especial de 6 a 11 meses de remuneración, adicional a cualquier otra compensación que corresponda.

485
artículo del CT que consagra la tutela laboral
11
meses máximo de indemnización especial adicional
60
días hábiles para denunciar la vulneración

Actualizado: abril 2026 · Código del Trabajo Chile vigente

Tutela art. 485
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4.9/5 calificación
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Abogados laborales especializados
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Respuesta en 24 horas
¿Qué es la tutela laboral?

Cuando el empleador viola tus derechos fundamentales

El artículo 485 del Código del Trabajo establece un procedimiento especial de tutela para cuando el empleador vulnera derechos fundamentales del trabajador. A diferencia de otras acciones laborales, la tutela laboral tiene procedimiento preferente, plazos más cortos y una indemnización especial de 6 a 11 meses que se adiciona a las demás que correspondan.

La tutela se aplica tanto durante la vigencia del contrato (sin que haya despido) como cuando el despido mismo es el acto vulneratorio. En este último caso se denomina despido vulneratorio.

¿Qué indemnización especial puede ordenar el juez?

El tribunal puede ordenar una indemnización de entre 6 y 11 meses de remuneración. Esta indemnización especial se añade a la indemnización por años de servicio y sustitutiva del aviso si hubo despido. Además, el juez puede ordenar el cese inmediato de la conducta vulneratoria y otras medidas de reparación.

También existe la garantía de indemnidad (art. 485 inc. 3): si el empleador toma represalias contra ti por ejercer acciones laborales legales, eso es por sí solo una vulneración sancionable.

Indicios de vulneración

¿Cómo saber si aplica la tutela?

En la tutela laboral no es necesario probar directamente la vulneración — basta con aportar indicios suficientes. El empleador debe entonces justificar que su conducta tuvo motivos objetivos y proporcionados.

Indicios que apuntan a tutela laboral

  • Cambios de trato después de sindicalizarte o denunciar
  • Despido poco después de una licencia médica o maternidad
  • Diferencias de trato sin justificación objetiva
  • Aislamiento, exclusión de reuniones, cambio de funciones
  • Vigilancia o control desproporcionado de tu trabajo
  • Correos o mensajes con lenguaje hostil o denigrante

Plazo: 60 días hábiles

Desde el último acto de vulneración o desde el despido. Es plazo de caducidad — no se suspende ni interrumpe. Actúa antes de que venza.

Derechos protegidos

¿Qué derechos cubre la tutela laboral?

El art. 485 protege los derechos fundamentales de la Constitución aplicados en el contexto laboral

Integridad física y psíquica

Protege contra el acoso laboral (mobbing), maltrato físico, hostigamiento sistemático y cualquier conducta que cause daño a la salud mental del trabajador.

Art. 19 N°1 CPR

No discriminación

Prohíbe diferencias de trato injustificadas por motivos de género, edad, religión, sindicación, origen étnico, discapacidad o cualquier criterio no basado en el mérito.

Art. 19 N°2 CPR

Vida privada y datos personales

Límites al control del empleador: no puede revisar correos personales, instalar software espía, revelar datos privados del trabajador ni controlar las comunicaciones de forma invasiva.

Art. 19 N°4 CPR

Libertad de expresión y conciencia

El trabajador puede manifestar sus opiniones religiosas, políticas y filosóficas sin que el empleador tome represalias por ello, dentro de los límites de la convivencia laboral.

Art. 19 N°6 y 12 CPR

Libertad sindical

Protege el derecho a sindicarse, participar en negociación colectiva y ejercer actividad sindical sin represalias del empleador, incluyendo el despido antisindical.

Art. 19 N°19 CPR

Garantía de indemnidad

El empleador no puede tomar represalias contra el trabajador por ejercer acciones judiciales o administrativas, presentar denuncias o reclamar sus derechos laborales.

Art. 485 inc. 3 CT
Conductas que generan tutela

Ejemplos de actos vulneratorios

Estas conductas del empleador pueden constituir vulneración de derechos fundamentales y dar lugar a tutela laboral. La lista no es taxativa.

Acoso laboral (mobbing)

Hostigamiento sistemático: humillaciones, aislamiento, carga excesiva de trabajo, críticas públicas reiteradas, exclusión de actividades del equipo.

Discriminación por género o maternidad

Menor salario por igual trabajo, no renovación por embarazo, postergación de ascensos injustificada, trato diferenciado no basado en mérito.

Vigilancia invasiva o control excesivo

Monitoreo de comunicaciones personales, instalación de software espía en dispositivos, revisión de historial de navegación, cámaras en espacios privados.

Represalias por ejercer derechos

Despido o cambio de condiciones laborales después de una denuncia en la Inspección del Trabajo, demanda judicial, o participación en sindicato.

Cómo acreditar la vulneración

Indicios suficientes: el umbral probatorio

Regla de la prueba indiciaria

En tutela laboral no se exige prueba directa de la intención discriminatoria o vulneratoria. Basta acreditar indicios suficientes de que existió la vulneración. Una vez acreditados los indicios, la carga de la prueba se invierte: el empleador debe demostrar que su conducta tuvo causa objetiva y proporcionada.

Evidencia que puedes reunir

Correos o mensajes con lenguaje hostil o denigrante
Testimonios de compañeros de trabajo
Informes médicos o psicológicos por estrés o acoso
Historial de amonestaciones o sanciones injustificadas
Cronología de hechos antes y después de un evento clave
Trato diferenciado respecto a otros trabajadores en igual situación

⚠ Consejo importante

Guarda toda la evidencia digitalmente antes de cualquier desvinculación. Los accesos a sistemas corporativos, correos y documentos internos pueden bloquearse después del despido.

¿Cómo actuar?

Pasos para ejercer la tutela laboral

Procedimiento preferente ante el Juzgado del Trabajo — plazos más rápidos que el ordinario

1

Documentar la vulneración

Reúne correos, mensajes, informes médicos, nombres de testigos. Organiza los hechos con fechas. La cronología es clave.

Inmediatamente
2

Consultar con un abogado laboral

El abogado evaluará si los hechos constituyen vulneración, qué derechos se afectaron y cuánta indemnización puedes obtener.

Antes de actuar
3

Presentar denuncia al Juzgado

La denuncia de tutela se presenta ante el Juzgado del Trabajo del domicilio del empleador. Puede solicitar medidas cautelares urgentes si la vulneración continúa.

Plazo: 60 días hábiles
4

Audiencia y resolución

El procedimiento es preferente y más rápido. Si el juez acoge la denuncia, ordena cese de la vulneración + indemnización de 6 a 11 meses.

Procedimiento preferente
Preguntas frecuentes

Tutela laboral — dudas comunes

1¿Qué es la tutela laboral?

La tutela laboral es el procedimiento especial del artículo 485 del Código del Trabajo chileno que protege los derechos fundamentales del trabajador cuando son vulnerados por el empleador. Abarca el derecho a la vida e integridad física, vida privada, libertad de conciencia, libertad de expresión, inviolabilidad de la correspondencia, libertad sindical, garantía de indemnidad y no discriminación. El procedimiento es preferente y tiene una indemnización especial de 6 a 11 meses adicional a otras indemnizaciones.

2¿Cuánta indemnización se puede obtener con la tutela laboral?

El juez puede ordenar el pago de una indemnización especial de entre 6 y 11 meses de la última remuneración mensual. Esta indemnización es adicional a cualquier otra que corresponda — por ejemplo, la indemnización por años de servicio y sustitutiva del aviso si el despido también fue injusto. No hay tope relacionado con los años de servicio en este cálculo especial. El monto lo fija el juez según la gravedad de la vulneración.

El acoso laboral (art. 2 CT) es la agresión u hostigamiento sistemático que menoscabe, maltrate o humille al trabajador. No basta un incidente aislado — debe existir reiteración. Se puede probar con: correos y mensajes con contenido hostil, testimonios de compañeros, registros de reuniones o llamadas, partes médicos o psicológicos por estrés laboral, historial disciplinario injustificado y registros de cambios repentinos de condiciones laborales. En tutela laboral basta aportar indicios suficientes — no se requiere prueba plena.

60 días hábiles desde que se produjo la vulneración del derecho fundamental, o desde que el trabajador tuvo conocimiento de ella. Si la vulneración es continua (como en el acoso laboral sistemático), el plazo corre desde el último acto. En caso de despido vulneratorio, desde la fecha del despido. Este plazo es de caducidad — no se interrumpe ni suspende. Transcurrido el plazo, se pierde el derecho a tutela aunque pueda ejercerse otra acción ordinaria.

Una demanda por despido injusto cuestiona si el despido fue legal o si se pagaron bien las indemnizaciones. La tutela laboral cuestiona si el empleador vulneró un derecho fundamental. Ambas pueden acumularse en la misma demanda si el despido fue injusto Y vulneró derechos fundamentales — en ese caso el trabajador puede obtener ambas indemnizaciones. La tutela tiene procedimiento preferente (más rápido), la carga de la prueba se invierte con los indicios, y la indemnización especial de 6 a 11 meses es adicional.

Tus derechos tienen protección legal

El acoso y la discriminación no son "parte del trabajo".

La ley te da herramientas concretas para actuar. Una consulta gratuita puede definir si tienes caso y cuánto puedes obtener. Los 60 días corren.

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